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Descripción
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Mediante Decreto Ejecutivo No. 389, publicado en el Registro Oficial No. 224 con fecha 29 de junio de 2010 el señor Presidente Constitucional de la República Eco. Rafael Correa Delgado decretó el estado de Excepción en la Zona 1 de la Josefina de la Provincia del Azuay, ubicada dentro de las coordenadas georeferenciales: Vértice A: Latitud 9686000, Longitud: 739000; Vértice B: Latitud 9686000 Longitud 749000; Vértice C: Latitud 9683000, Longitud 749000; Vértice D: Latitud 9683000, Longitud 739000; El Art. 7 del Decreto Ejecutivo No. 389 dispone al Ministerio del Ambiente que “efectúe la declaratoria de utilidad pública de los inmuebles ubicados en la zona e inicie el proceso de expropiación de ser el caso.” Mediante Acuerdo Ministerial No.282 de fecha 15 de julio de 2010, y publicado en el Registro Oficial No.256 de 12 de agosto de 2010 Y Acuerdo No. 345 de fecha 26 de agosto de 2010, la Ministra del Ambiente resuelve declarar de utilidad pública con fines de expropiación, de carácter urgente y ocupación inmediata, los predios ubicados en la Zona 1 de la Josefina, provincia del Azuay.
El proceso de expropiación de las áreas afectadas de la zona 1 de La Josefina, es un proceso complejo que se ubica en la provincia del Azuay y afecta a tres cantones teniendo su mayor influencia en los cantones de Paute y Gualaceo y una pequeña parte del cantón Cuenca, el fin último del proceso es precautelar la vida de las personas y evitar los daños las hidroeléctricas Mazar y Daniel Palacios en caso de que se realice un evento similar al ocurrido en marzo de 1993 con la caída del cerro Tamuga debido entre otras causas a la minería anti técnica de la zona. Previo a realizar cualquier proceso de expropiación, se debe actualizar el Catastro de la zona en cuestión para poder cumplir con los requisitos legales establecidos en los artículos 786 y 797 del Código de Procedimiento Civil para iniciar las demandas de expropiación.
Beneficios Cualitativos
El proceso de expropiación de La Josefina persigue los siguientes objetivos:
a. Entregar a nombre del MAE los predios declarados de Utilidad Pública en la zona Uno de La Josefina. b. Apoyar a la realización del Catastro en la zona 1 de La Josefina. c. Difundir las actividades realizadas por el MAE en lo referente al Decreto Ejecutivo 389 del 17 de Junio del 2010. d. Monitorear el mantenimiento del Catastro en la zona 1 hasta que se realicen los juicios de expropiación. e. Realizar los juicios de expropiación de manera eficiente y eficaz para que no se archive ninguna demanda. f. Realizar la inscripción en el Registro de la Propiedad y el Catastro municipal los predios de la zona 1 de La Josefina.
Avance
Enero: Análisis de la situación Catastral de la zona 1 de La Josefina Febrero: Propuesta de soluciones al problema en conjunto con la DINAC Marzo: Propuesta de soluciones al problema en conjunto con la DINAC Abril: Medición de algunos predios en imagen satelital de alta resolución adquirida por la DINAC Mayo: Motivación del convenio MAE-MIDUVI. Junio: Firma del Convenio interinstitucional de cooperación económica entre el MAE y el MIDUVI para realizar el re-levantamiento Catastral de la zona 1 de La Josefina Julio: Seguimiento y colaboración en el desarrollo del convenio MAE-MIDUVI Agosto: Seguimiento y colaboración en el desarrollo del convenio MAE-MIDUVI Septiembre: Seguimiento y colaboración en el desarrollo del convenio MAE-MIDUVI; Validación de fichas prediales entregadas por el MIDUVI-DINAC Octubre: Elaboración del video de socialización de La Josefina. Validación de fichas prediales entregadas por el MIDUVI-DINAC
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